A- de 2021
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 9 Administrativo Oral de Bucaramanga y el Juzgado 2 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se originó en torno a una acción de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por Colpensiones para buscar la nulidad de unas resoluciones a través de las cuales reconoció una sustitución pensional.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte estableció que la competencia para resolver el precitado proceso es de la jurisdicción de lo contencioso administrativa.
Lo anterior en aplicación de las directrices dispuestas en el Auto 316/21, mediante el cual la Corporación señaló que cuando el conflicto versa sobre un tema de seguridad social, pero el objeto de la controversia es dejar sin efecto jurídico un acto administrativo que reconoció un derecho específico y concreto, las entidades públicas deben refutar dichos actos ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo porque: (i) la acción de nulidad y restablecimiento hace parte de una habilitación expresa establecida en los artículo 97 y 138 de la Ley 1437 de 2011; (ii) está dirigida a sujetos determinados como lo son las autoridades administrativas; y (iii) mediante dicha acción se les permite impugnar sus actos administrativos con el fin proteger el interés del patrimonio público y de derechos colectivos o subjetivos de la administración.
Con base en lo anterior se ordena remitir el expediente al Juzgado 9 Administrativo Oral de Bucaramanga, para que le imparta el trámite correspondiente y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los sujetos procesales interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 9 Administrativo Oral de Bucaramanga y el Juzgado 2 Laboral del Circuito de Bucaramanga, y DECLARAR que el conocimiento del proceso bajo numero de radicado 68001-33-33-009-2019-00405-00 correspondiente a la demanda de nulidad y restablecimiento promovida por Colpensiones contra las Resoluciones GNR 45028 del 11 de febrero de 2016 y GNR 160746 del 27 de mayo de 2016, expedidas por esa misma entidad, es competencia del Juzgado 9 Administrativo Oral de Bucaramanga.
- Segundo. REMITIR por medio de la Secretaria General de esta Corporacion, el expediente CJU-711 al Juzgado 9 Administrativo Oral de Bucaramanga, para que tramite el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, y para que comunique la presente decision al Juzgado 2 Laboral del Circuito de Bucaramanga y a los sujetos procesales dentro del asunto con radicado numero 68001-33-33-009-2019-00405-00.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.